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LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO ROMANO PRIMERA PARTE

 


DERECHO ROMANO



Es un vínculo de derecho que nos constriñe en la necesidad de pagar alguna cosa según el derecho de nuestra ciudad.

Glosador postclásico de Gayo.

  

La esencia de las obligaciones no consiste en que se haga nuestra una cosa, corporal o una servidumbre, sino en constreñir a otro a darnos, a hacer o responder de algo.

Jurisconsulto Paulo.





La obligación crea un lazo, una liga vinculum, que presupone dos sujetos: activo y pasivo; el primero creditor está facultado para exigir cierta conducta del sujeto pasivo, debitor, quien a su vez, tiene el deber jurídico de cumplirla; tal deber está sancionado mediante acción personal.

También el objeto, era elemento de la obligación, el cual consistía en un dare, facere, praestare.


CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES

 

CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ATENDIENDO A LOS SUJETOS












 




Comentarios

  1. Qué es una obligación R= es un deber oh obligación de responsabilidad que una persona tiene con otra persona grupo oh entidad
    Cuáles son las obligaciones atiendo al sujeto R = es cumplir con las leyes y regulaciones respetar los derechos de los demás cuidar de su familia independientes
    Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto R=pagar impuestos respetar los derechos de los demás
    Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal.R= presentar la demanda o petición en tiempo y forma
    Pagar los gastos del proceso
    Cumplir con los plazos y términos procesales

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    1. ¿ que es una obligación ? una liga vinculum, que presupone dos sujetos: activo y pasivo; el primero creditor está facultado para exigir cierta conducta del sujeto pasivo, debitor, quien a su vez, tiene el deber jurídico de cumplirla; tal deber está sancionado mediante acción personal.
      También el objeto, era elemento de la obligación, el cual consistía en un dare, facere, praestare.
      ¿Cuales son las obligaciones atiendo al objeto? Divisibles indivisibles genéricas específicas,alternativas,facultativas
      ¿Cuales son las obligaciones en cuanto al sujeto? Las obligaciones se constituyen entre sujetos determinados; sin embargo existen obligaciones en las que los sujetos no están determinados al construirse la obligación
      ¿obligaciones atendiendo al sistema procesal? Civiles- permite al acreedor compeler judicialmente al deudor en caso de incumplimiento
      Naturales- aún cuando carecían de acción producían consecuencias jurídicas a si el acreedor insatisfecho podía retener el importe de lo pagado voluntariamente por el deudor

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  2. ¿Qué es una obligación? R=Una obligación es un deber o compromiso que una persona, empresa o entidad debe cumplir hacia otra, ya sea por ley, contrato o normas sociales. Implica que alguien tiene el deber de hacer o entregar algo, y otra persona el derecho de exigirlo.
    ¿Cuáles son las obligaciones atiendo al sujeto? R=
    1. Obligaciones unilaterales: Existe un solo deudor y un solo acreedor. Por ejemplo, un préstamo simple entre dos personas.
    2. Obligaciones bilaterales o recíprocas: Ambas partes tienen deberes y derechos recíprocos. Por ejemplo, en un contrato de compraventa, una parte debe entregar el bien y la otra, el dinero.
    3. Obligaciones mancomunadas: Cuando varias personas son acreedores o deudores, pero cada uno responde solo por su parte proporcional.
    4. Obligaciones solidarias: Hay varios deudores o acreedores, pero cualquiera de ellos puede exigir o cumplir la totalidad de la obligación.
    ¿Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto? R=R=pagar impuestos respetar los derechos de los demás.
    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal? R=presentar la demanda o petición en tiempo y forma pagar los gastos del proceso cumplir con los plazos y términos procesales.

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  3. ¿ Qué es una obligación?
    R=ES una obligación y un vínculo jurídico que obliga a una persona a dar o hacer algo.
    ¿Cuáles son las obligaciones atiendo al sujeto?
    R= Una obligación se constituye entre personas determinadas pero hay obligaciones en las que las personas no están como atadas a establecer esas obligaciones y se pueden clasificar en mancomunadas, solidarias o divisibles.
    ¿Cuales son las obligaciones en cuanto al objeto?
    R= La obligación era un vínculo jurídico que obligaba a realizar una prestación determinada. El acreedor tenía el derecho de exigir al deudor que cumpliera con la prestación, y en caso de incumplimiento, podía obtener la satisfacción del interés de manera forzada.
    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal?
    R= Civiles: permitían al acreedor obligar jurídicamente al deudor a pagar en caso de incumplimiento.
    Naturales: El acreedor podía retener el importe de lo pagado voluntariamente por el deudor sin que el deudor alegar el pago que es.

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    1. una liga vinculum, que presupone dos sujetos: activo y pasivo; el primero creditor está facultado para exigir cierta conducta del sujeto pasivo, debitor, quien a su vez, tiene el deber jurídico de cumplirla; tal deber está sancionado mediante acción personal.

      También el objeto, era elemento de la obligación, el cual consistía en un dare, facere, praestare.

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  4. *¿Qué es una obligación?*

    Una obligación es un vínculo jurídico que une a dos o más personas, donde una de ellas (el deudor) se compromete a realizar una prestación (entregar algo, hacer algo o no hacer algo) en favor de la otra (el acreedor).

    *Obligaciones atendiendo al sujeto*

    Clasificación según el sujeto que las asume:

    1. *Obligaciones personales*: Responsabilidad personal del deudor.
    2. *Obligaciones reales*: Vinculadas a un bien o derecho específico.
    3. *Obligaciones solidarias*: Varios deudores responsables de la misma obligación.
    4. *Obligaciones conjuntas*: Varios deudores responsables de la misma obligación, pero cada uno solo por su parte.
    5. *Obligaciones subsidiarias*: Un deudor responde por la obligación de otro.

    *Obligaciones en cuanto al objeto*

    Clasificación según el objeto de la obligación:

    1. *Obligaciones de dar*: Entregar algo (bienes, dinero, etc.).
    2. *Obligaciones de hacer*: Realizar una acción (trabajo, servicio, etc.).
    3. *Obligaciones de no hacer*: Abstenerse de realizar una acción.

    *Obligaciones atendiendo al sistema procesal*

    Clasificación según el procedimiento para su cumplimiento:

    1. *Obligaciones civiles*: Reguladas por el derecho civil y resueltas en tribunales civiles.
    2. *Obligaciones penales*: Reguladas por el derecho penal y resueltas en tribunales penales.
    3. *Obligaciones administrativas*: Reguladas por el derecho administrativo y resueltas en tribunales administrativos.
    4. *Obligaciones laborales*: Reguladas por el derecho laboral y resueltas en tribunales laborales.
    5. *Obligaciones mercantiles*: Reguladas por el derecho mercantil y resueltas en tribunales mercantiles.

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  5. ¿Qué es una obligación?

    Una obligación es un vínculo en la que se verá dos tipos de sujetos, uno activo quien es el que realizará una acción y el pasivo que es quien la va a recibir, es decir es la necesidad obligatoria de pagar alguna cosa.

    Cuáles son las obligaciones atiendo al sujeto

    Va hacer que solo por el hecho de asumir la obligación. El deudor queda ligado a su acreedor.

    Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto

    •Obligaciones de dar: Entregar algo (bienes, dinero, etc.).
    •Obligaciones de hacer: Realizar una acción (trabajo, servicio, etc.).
    •Obligaciones de no hacer: Abstenerse de realizar una acción

    Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal.

    •Civiles: Permitían al acreedor compeler judicialmente al deudor en caso de incumplimiento.
    Naturales: Aún cuando carecían de acción producían consecuencias jurídicas, así: el acreedor insatisfecho podía retener el importe de lo pagado voluntariamente por el deudor, sin que éste pudiera alegar pago de lo debido.
    Es decir: presentar una demanda o petición en tiempo y forma pagar los gastos del proceso cumplir con los plazos y términos procesales.

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  6. Qué es una obligación: Es cuando una persona se ata a algo ya que este adquiere obligaciones ya que a partir de esto se obtiene un lazo.

    Cuáles son las obligaciones atiendo al sujeto:
    Existen las obligaciones ambulatorias que son las que se dan entre sujetos determinados.
    Las obligaciones parciales, mancomunadas o a prorrata son aquellas en que existe una pluralidad de sujetos esto quiere decir varios acreedores o varios deudores a la vez.
    Las obligaciones correales o solidarias son aquellas que existen varios acreedores y deudores a la vez, por lo que es mixta.

    Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto
    Estas pueden ser divisibles o indivisibles, las divisibles eran aquellas en las que se puede cortar en partes sin alterar su esencia y consiste en un dare.
    Las indivisibles son las que consisten en un facere como pintar un cuadro.
    Las genéricas son aquellas cuyo objeto no esta determinado individualmente, es decir, solo en rasgos generales.
    Las especificas son aquellos que el objeto se especifica para ser cierto, individual y concreto.
    Las alternativas son las que señalan varias prestaciones para que el deudor cumpla soló una de ellas.
    Las facultativas son aquellas que obligan el cumplimiento de una prestación determinada.

    Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal.
    Son las civiles, naturales también existe una especificación de derecho estricto.
    Por lo que las naturales son aquellas que permitían al acreedor compeler judicialmente al deudor en caso de incumplimiento, por lo que podemos decir que lo podía obligar a pagar esa deuda.
    Las naturales son aquellas que carecían de accion producían una consecuencia jurídica así el acreedor insatisfecho podía retener el importe de lo pagado voluntariamente por lo que podemos decir que el acreedor podía retener algún bien sin que el deudor lo reclamara ya que debido a la deuda que tenia no podía discutir el reembolso de ese pago.
    Además el derecho estricto menciona que el deudor en la obligación esta estrictamente enlazado a cumplir con el pago de la deuda.

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  7. Qué es una obligación?
    Una obligación es un vínculo entre dos o mas involucrados, uno activo quien es el que realizará una acción y el pasivo que es quien la va a recibir es cuando el deudor queda atado al acreedor

    Cuáles son las obligaciones atiendo al sujeto?
    Existen obligaciones en las que los sujetos no están determinados al constituirse la obligación

    Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto?
    Esta son divisibles se tratan de cuando la prestación es posible ejecutarla esta es la que consiste en el dare, ósea en el dar y las indivisibles esta consiste en el facere, ósea en el hacer

    Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal.?
    son las civiles estas se basan en que permiten a acreedor compeler judicialmente al deudor en caso de incumplimiento
    y también son naturales son las que aunque carecen de acción producen una consecuencia jurídica

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  8. ¿Qué es una obligación? Es un vinculo de derecho que nos obliga hacer algo en necesidad de pagar o cumplir con alguna cosa, de acuerdo con las leyes.

    ¿Cuáles son las obligaciones atiendo al sujeto? existen las obligaciones ambulatorias, que los sujetos no están obligados a constituirse .
    Las obligaciones parciarias, mancomunadas o a prorrata, que son de pluralidad de sujetos , varios acreedores o varios deudores a la vez.
    Las obligaciones correales o solidarias, cuando son varios acreedores es activa, cuando son diversos deudores son pasivas.

    ¿Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto? son seis, las divisibles, que son sin alterarlas. las indivisibles que son so n las que no pueden ser divididas o fraccionas. Genéricas, son aquellas que no especifican un objeto o una prestación determinada. Las especificas son aquellas que son determinadas y concretas. Las alternativas se señalan varias prestaciones y solo cumpla una. Y por ultimo las obligaciones facultativas, que se obliga al deudor al cumplimiento.

    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal? Civiles, son aquellas para mantener el orden y la estabilidad.
    Naturales, son las que el acreedor insatisfecho podía retener el importe de lo pagado voluntariamente por el deudor.

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  9. ¿Qué es una obligación en el Derecho Romano?
    Es un vínculo jurídico que une a dos personas: el acreedor (quien tiene derecho a exigir algo) y el deudor (quien está obligado a cumplir). Este vínculo surge de un contrato, un delito o un cuasicontrato y obliga al deudor a realizar una determinada prestación (dar, hacer o no hacer algo).

    Obligaciones atendiendo al sujeto:
    - Simples: Un solo acreedor y un solo deudor.
    - Plurales:
    - Conjuntas: Varios acreedores o deudores con un mismo derecho u obligación.
    -Solidarias: Cada acreedor puede exigir la totalidad de la deuda a cualquier deudor, y cada deudor puede liberarse pagando la totalidad de la deuda.

    Obligaciones en cuanto al objeto:
    - De dar: Entregar una cosa determinada (ej: vender un esclavo).
    - De hacer: Realizar una acción (ej: construir una casa).
    - De no hacer: Abstenerse de realizar una acción (ej: no competir en un negocio).

    Obligaciones atendiendo al sistema procesal:
    - Civiles: Nacen de contratos o delitos reconocidos por el derecho civil.
    - Pretores: Creadas por el pretor para proteger situaciones no contempladas por el derecho civil (ej: buena fe).

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  10. Obligación: Es el vínculo jurídico en el cual la persona esta obligada a cumplir con algo.
    Se encuentran dos sujetos:
    -Activos. Es el creditor., el cual tiene la facultad de exigir al debitor (también llamado sujeto pasivo) ciertas acciones o conductas.
    -Pasivo. Es el debitor, quien tiene que cumplir con lo acordado.

    Obligaciones atendiendo al sujeto.
    -Obligaciones ambulatorias. La obligación se da entre sujetos determinados, aunque existen obligaciones en el que los sujetos no están determinados al momento de formar la obligación
    -Obligaciones parciarias, mancomunadas o a prorrata. Son obligaciones en el que hay un conjunto de sujetos, varios acreedores y varios deudores a la vez. Si son varios acreedores sólo pueden exigir una parte del crédito, si son varios deudores solo deberán pagar una parte de la deuda.
    -Obligaciones correales o solidarias: Si existen varios acreedores, es activa; si hay varios deudores, es pasiva; si hay varios acreedores y deudores es mixta.
    El deudor que pagaba, exigía del acreedor que cediera las acciones correspondientes con los demás codeudores.
    La deuda se dividía entre los deudores solventes, así el acreedor no podía exigir la totalidad de la prestación de cada uno de los deudores, sino sólo la cuota.

    Obligaciones en cuanto al objeto.
    -Divisibles: Consiste en un dare. Es dar algo o una cosa, que a su vez puede ser prestada y se puede ejecutar en partes sin alterar su esencia.
    -Indivisibles: Consiste en un facere. Es un hacer.
    -Genéricas. Cuando el objeto no está determinado individualmente, únicamente por sus rasgos generales.
    -Especificas. Es un objeto cierto, individual y concreto. El deudor queda libre cuando el objeto específico perece por improvisto.
    -Alternativas. El deudor tiene la opción de cumplir únicamente una de las prestaciones señaladas, a elección suya o del acreedor.
    -Facultativas. Está obligado el deudor de cumplir con una prestación determinada, pero reservando la facultad de liberarse cumpliendo con otra distinta.

    Obligaciones atendiendo al sistema procesal.
    -Civiles. El acreedor podía forzar judicialmente al deudor por incumplimiento.
    -Naturales. Si carecerían de acción seguirían produciendo consecuencias jurídicas, así el acreedor podía retener el importe de lo pagado voluntariamente por el deudor, sin poder reclamar el pago de lo debido.

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  11. ALUMNO: LUIS JAVIER RODRIGUEZ GUERRERO
    MATRICULA: 001111651

    En el Derecho Romano, una obligación se entendía como un vínculo jurídico entre dos o más personas, por el cual una de ellas (el deudor) se comprometía a dar, hacer o no hacer algo en beneficio de otra persona (el acreedor). Este vínculo generaba la posibilidad de exigir el cumplimiento de la prestación acordada. De esta forma, la obligación era un "vínculo de derecho" (nexus iuris) que imponía a una persona la necesidad de cumplir con una prestación determinada.

    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sujeto?

    En el Derecho Romano, las obligaciones se clasificaban atendiendo a los sujetos involucrados, diferenciando entre:

    Obligaciones unilaterales: Son aquellas en las que solo una de las partes tiene una carga, mientras que la otra parte se beneficia de la obligación.
    Obligaciones bilaterales: Son aquellas en las que ambas partes (acreedor y deudor) tienen derechos y obligaciones recíprocas.
    Obligaciones mancomunadas y solidarias.

    ¿Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto?

    Atendiendo al objeto de la obligación, las obligaciones en Derecho Romano se clasifican principalmente en:
    Obligaciones de dar.
    Obligaciones de hacer.
    Obligaciones de no hacer.
    Obligaciones de dar y hacer: Son aquellas que combinan la entrega de una cosa y la realización de una acción, como cuando alguien se compromete a entregar una cosa y, al mismo tiempo, realizar un servicio relacionado con esa cosa.

    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal?

    Obligaciones exigibles.
    Obligaciones no exigibles.
    Obligaciones de dinero.
    Obligaciones de prestación personal.

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  12. ¿Qué es una obligación?
    Es el vínculo del derecho mediante el cual una persona asume el compromiso de pagar alguna cosa.

    ¿Cuáles son las obligaciones atiendo al sujeto?
    -Obligaciones ambulatorias: Sucede entre sujetos determinados, pero en algunas ocasiones estos sujetos no están determinados para llevar a cabo la obligación.
    -Obligaciones parciarias, mancomunadas o a prorrata: Estas se constituyen por varios sujetos (acreedores y deudores) a la vez. Los acreedores solo pueden exigir una parte del crédito y los deudores tienen que pagar solo una parte de su deuda.
    -Obligaciones correales o solidarias: Si tiene varios acreedores es activa y estos solo pueden exigir una cuota a los deudores. En caso de tener diversos deudores es pasiva y los deudores solventes debían dividirse la deuda de modo que aquellos que pagaban podían exigir las acciones de los codeudores que no pagaban. Si existían varios acreedores y deudores era mixta.

    ¿Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto?
    -Divisibles: Consisten en un dare y se puede hacer la prestación sin alterar la esencia del objeto.
    -Indivisibles: Consisten en un facere y es porque no se puede dividir la prestación.
    -Genéricas: El objeto no se puede determinar de manera individual por sus rasgos generales.
    -Específicas: Se da si se ejerce sobre un objeto cierto, individual y concreto.
    -Alternativas: Se establecen diversas prestaciones para que el deudor cumpla únicamente con una de ellas.
    -Facultativas: El deudor debe cumplir con una prestación determinada, aunque pueda liberarse de la deuda cumpliendo una distinta.

    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal?
    -Civiles: Dan permiso al acreedor de obligar judicialmente al deudor si no cumple con sus obligaciones.
    -Naturales: Si el acreedor no estaba satisfecho podía conservar el importe que había pagado el deudor de forma que no podía exponer que había pagado lo que le correspondía.

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  13. ¿Qué es una obligación?
    Es un vínculo jurídico entre dos personas, donde una (deudor) está obligada a cumplir con una prestación a favor de otra (acreedor).
    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sujeto?

    Unilaterales: Un solo deudor y un solo acreedor.
    Plurilaterales: Varios deudores o varios acreedores.
    ¿Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto?

    De dar: Transferir una cosa,De hacer: Realizar un acto.
    De no hacer: Abstenerse de algo.

    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal?
    Civiles: Reconocidas por el derecho y protegidas por acción judicial.
    Naturales: No exigibles judicialmente, pero el deudor puede cumplirlas voluntariamente

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  14. ¿Qué es una obligación?
    Una obligación es un lazo jurídico que une a dos o más partes, en donde una (el acreedor) tiene el derecho de exigir una determinada acción o prestación, y la otra (el deudor) está obligada a cumplirla. Es un vínculo en el cual el deudor queda comprometido frente al acreedor.

    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sujeto?
    Existen obligaciones en las cuales las partes involucradas no están identificadas al momento de establecerse la obligación.

    ¿Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto?
    Las obligaciones pueden clasificarse como divisibles o indivisibles, dependiendo de si la prestación puede cumplirse de forma fraccionada. Las divisibles se relacionan con la obligación de entregar algo tangible (dare), mientras que las indivisibles se refieren a una acción o tarea que debe llevarse a cabo (facere).

    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal?
    En este ámbito, se distinguen las obligaciones civiles, que permiten al acreedor recurrir al sistema judicial para exigir su cumplimiento en caso de incumplimiento del deudor, y las obligaciones naturales, las cuales, aunque no son exigibles por la vía judicial, generan ciertos efectos legales.

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  15. Los requisitos de validez varían según el contexto, pero a menudo se aplican a documentos legales, contratos, actos jurídicos o procedimientos formales.
    Podría ser en un testamento debe cumplir con requisitos específicos de forma y autenticidad para ser válido.

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  16. Que Una obligación ,?= es un vínculo que se establece entre dos o más partes del cual una de ellas el deudor se compromete a realizar una prestación determinada a favor de la otra el acreedor
    Cuales son las obligaciones atiendo al objeto,? = Divisibles indivisibles genéricas específicas , alternativas ,facultativas
    obligaciones atendiendo al sistema procesa,?l=Civiles- permite al acreedor compeler judicialmente al deudor en caso de incumplimiento
    Naturales- aún cuando carecían de acción producían consecuencias jurídicas a si el acreedor insatisfecho podía retener el importe de lo pagado voluntariamente por el deudor
    Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto
    1. Obligaciones de dar: Entregar algo (bienes, dinero, etc.).
    2. Obligaciones de hacer: Realizar una acción (trabajo, servicio, etc.).
    3. Obligaciones de no hacer : Abstenerse de realizar una acción.

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  17. ¿Qué es una obligación?

    Una obligación es una relación jurídica que vincula a dos personas: una (el deudor) tiene el deber de realizar una prestación a favor de la otra (el acreedor), quien tiene el derecho de exigir su cumplimiento.

    Obligaciones según el sujeto:
    Simples o unilaterales: Existe un solo acreedor y un solo deudor.
    Complejas o plurilaterales: Participan múltiples acreedores o deudores, o ambos.

    Obligaciones según el objeto:

    De dar: Consisten en entregar o transferir la propiedad de un bie• De hacer: Obligan al deudor a realizar un acto o prestar un servicio.
    De no hacer: Exigen que el deudor se abstenga de realizar cierta acción.

    Obligaciones según el sistema procesal:

    Civiles: Reconocidas por la ley y exigibles mediante un proceso judicial.
    Naturales: No pueden reclamarse legalmente, pero el deudor puede cumplirlas de forma voluntaria.

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  18. ¿Qué es una obligación?

    Una obligación es un vínculo del Derecho mediante el cual una persona asume el compromiso de pagar alguna cosa.

    ¿Cuáles son las obligaciones atiendo al sujeto?

    Se basan en 3 obligaciones, la primera son las Ambulatorias: dónde los sujetos no están obligados a constituirse, la segunda son las obligaciones mancomunadas y la última son las Obligaciones solidarias en donde hay varios acreedores, es activa si hay varios deudores, es pasiva di hay varios acreedores como deudores, es decir se caracteriza por ser mixta.

    ¿Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto?

    Dare: transferir alguna propiedad o un bien
    Hacere: realizar alguna acción ya sea algún trabajo o servicio
    Prestare : exigen que el deudor se abstenga de realizar alguna acción

    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal?

    Civiles: Dan permiso al acreedor de obligar parcialmente al deudor si no cumple con sus obligaciones
    Naturales: si el acreedor no estaba satisfecho para conservar el importe que había dado el deudor de forma que no podía exponer que había pagado lo que correspondía

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  19. Melany Martínez García17 de noviembre de 2024 a las 19:59

    ¿Qué es una obligación?

    Una obligación es un vínculo jurídico mediante el cual una persona, llamada deudor, se compromete a realizar una prestación (dar, hacer o no hacer algo) a favor de otra persona, llamada acreedor, quien tiene el derecho de exigir su cumplimiento. Las obligaciones se originan de actos jurídicos como contratos o de hechos jurídicos como delitos o cuasidelitos.

    Obligaciones atendiendo al sujeto

    Las obligaciones se clasifican de acuerdo con las partes involucradas:
    1. Obligaciones simples:
    • Hay un solo acreedor y un solo deudor.
    • Ejemplo: Una compraventa entre dos personas.
    2. Obligaciones mancomunadas:
    • Cuando hay varios acreedores o deudores, y cada uno responde o tiene derecho únicamente a una parte de la obligación.
    • Ejemplo: Tres personas adquieren un bien y cada una debe pagar una parte proporcional.
    3. Obligaciones solidarias:
    • Cuando hay varios acreedores o deudores, pero cualquiera de ellos puede exigir o ser obligado al cumplimiento total de la obligación.
    • Ejemplo: En un crédito solidario, cualquier deudor puede ser requerido para pagar el total de la deuda.

    Obligaciones en cuanto al objeto

    Se refieren a la naturaleza de la prestación que debe cumplirse:
    1. Obligaciones de dar:
    • Consisten en transferir la propiedad de una cosa o entregar algo.
    • Ejemplo: Entregar un automóvil vendido.
    2. Obligaciones de hacer:
    • Implican realizar un acto o servicio a favor del acreedor.
    • Ejemplo: Realizar una reparación técnica.
    3. Obligaciones de no hacer:
    • Implican abstenerse de realizar un acto.
    • Ejemplo: No construir en un área prohibida por contrato.
    4. Obligaciones de objeto único o múltiple:
    • Único: Cuando la obligación se refiere a un solo objeto.
    • Múltiple: Cuando la obligación incluye varios objetos, pudiendo ser alternativos (cumplir uno de varios) o acumulativos (cumplir todos).

    Obligaciones atendiendo al sistema procesal

    Clasifican las obligaciones según su relación con el procedimiento jurídico para exigir su cumplimiento:
    1. Obligaciones civiles:
    • Aquellas cuyo cumplimiento puede ser exigido judicialmente.
    • Ejemplo: El pago de un contrato de arrendamiento.
    2. Obligaciones naturales:
    • No son exigibles judicialmente, pero si el deudor las cumple voluntariamente, el acreedor puede retener lo recibido.
    • Ejemplo: Una deuda de juego en un sistema donde esta no sea legalmente exigible.
    3. Obligaciones morales:
    • Aunque no son exigibles legalmente, se basan en principios éticos o de buena fe.
    • Ejemplo: Pagar una deuda que ha prescrito.

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  20. ¿Qué es una obligación?
    Es un vínculo jurídico entre dos personas, donde una (deudor) está obligada a cumplir con una prestación a favor de otra (acreedor)

    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sujeto?
    las obligaciones se clasificaban atendiendo a los sujetos involucrados, diferenciando entre obligaciones unilaterales: Son aquellas en las que solo una de las partes tiene una carga, mientras que la otra parte se beneficia de la obligación.
    Obligaciones bilaterales: Son aquellas en las que ambas partes (acreedor y deudor) tienen derechos y obligaciones recíprocas.
    Obligaciones mancomunadas y solidaria.


    ¿Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto?
    Estas pueden ser divisibles o indivisibles, las divisibles eran aquellas en las que se puede cortar en partes sin alterar su esencia y consiste en un dare.
    Las indivisibles son las que consisten en un facere como pintar un cuadro, las genéricas son aquellas cuyo objeto no esta determinado individualmente, es decir, solo en rasgos generales, las especificas son aquellos que el objeto se especifica para ser cierto, individual y concreto, las alternativas son las que señalan varias prestaciones para que el deudor cumpla soló una de ellas,las facultativas son aquellas que obligan el cumplimiento de una prestación determinada.

    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal?
    son las civiles estas se basan en que permiten a acreedor compeler judicialmente al deudor en caso de incumplimiento
    y también son naturales son las que aunque carecen de acción producen una consecuencia jurídica.

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  21. Obligación: vínculo jurídico donde la persona esta obligada a cumplir algo.
    Hay dos sujetos:
    Activos. Es el que puede exigir al debitor una accion o conducta.
    Pasivo. Es el debitor, quien tiene que cumplir con lo acordado.
    Obligaciones atendiendo al sujeto.
    Ambulatorias. Entre sujetos determinados, aunque hay obligaciones donde los sujetos no están determinados al formar la obligación
    Parciarias, mancomunadas o a prorrata. Hay un conjunto de sujetos, varios acreedores y varios deudores a la vez. Si son varios sólo exigen una parte del crédito y solo pagan una parte de la deuda.
    correales o solidarias: Si hay varios acreedores, es activa; si hay varios deudores, es pasiva; si hay varios acreedores y deudores es mixta.
    El deudor que pagaba, exigía del acreedor que cediera las acciones con los demás codeudores.
    La deuda se dividía entre los deudores solventes, así el acreedor no exige la totalidad de la prestación de los deudores, sino la cuota.
    Obligaciones en cuanto al objeto.
    Divisibles: Cosa prestada y ejecutada en partes sin alterar su esencia.
    Indivisibles: Consiste en un facere. Es un hacer.
    Genéricas. Cuando el objeto no está determinado individualmente, únicamente por sus rasgos generales.
    Especificas. Es un objeto cierto, individual y concreto. El deudor queda libre cuando el objeto perece por improvisto.
    Alternativas. El deudor puede cumplir únicamente una de las prestaciones señaladas, a elección suya o del acreedor.
    Facultativas. Está obligado el deudor de cumplir con una prestación pero reservando la facultad de liberarse cumpliendo con otra distinta.
    Obligaciones atendiendo al sistema procesal.
    Civiles. El acreedor podía forzar judicialmente al deudor por incumplimiento.
    Naturales. Si carecerían de acción seguirían produciendo consecuencias jurídicas, así el acreedor podía retener el importe de lo pagado voluntariamente por el deudor, sin poder reclamar el pago de lo debido.

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  22. ¿Qué es una obligación?
    R= Es un compromiso entre una o más personas que establece que una de ellas debe dar o hacer algo en relación con las demás. Es un vínculo jurídico que se establece por precepto de ley, o por acuerdos voluntarios o por otros actos.
    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sujeto?
    Las obligaciones se pueden clasificar en función del sujeto de la siguiente manera: Obligación de sujeto único, Obligación de sujeto múltiple, Obligación mancomunada, Obligación solidaria, Obligación divisible.
    Las obligaciones complejas son aquellas en las que hay varios deudores o acreedores, por lo que se pueden clasificar en:
    Mancomunada: El pago de la obligación se divide.
    Solidaria: El pago debe hacerse por entero entre todos los miembros.
    ¿ Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto?
    R= La prestación que constituye el objeto de la obligación debe ser material y jurídicamente posible, lícita, determinada o determinable, susceptible de valoración económica y debe corresponder a un interés patrimonial o extrapatrimonial del acreedor.
    En cuanto al objeto, las obligaciones pueden ser de dar, de hacer, o de no hacer:
    Obligaciones de dar: Consiste en entregar un bien.
    Obligaciones de hacer: Consiste en ejecutar un hecho.
    Obligaciones de no hacer: Consiste en una abstención.
    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal?
    R= En el sistema procesal, las obligaciones son las que la ley establece para que alguien se comporte de una manera determinada para satisfacer un interés ajeno.
    Una obligación es un compromiso o exigencia que hace que una persona actúe de una forma predeterminada, ya sea emprendiendo una conducta o absteniéndose de ella.
    Las obligaciones pueden ser de tipo:
    Dar: Consiste en la entrega de un bien.
    Hacer: Consiste en la ejecución de un hecho.
    No hacer: Consiste en una abstención

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  23. ¿Que es una obligación? La obligación crea un lazo, una liga vinculum, que presupone dos sujetos: activo y pasivo; el primero creditor está facultado para exigir cierta conducta del sujeto pasivo, debitor, quien a su vez, tiene el deber jurídico de cumplirla; tal deber está sancionado mediante acción personal.

    ¿Cuáles son las obligaciones atiendo al sujeto?
    La obligación se constituye entre sujetos determinados, sin embargo existen obligaciones en que los sujetos no están determinados al constituirse la obligación, existen las obligaciones parciarias, mancomunadas o a prorrata, obligaciones corréales o solidarias

    ¿Cuáles son las obligaciones en cuanto al objeto?
    Se clasifican como divisibles e indivisibles, genéricas y específicas y alternativas o facultativas

    ¿Cuáles son las obligaciones atendiendo al sistema procesal?
    Las civiles o naturales y de derecho estricto

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